Las atribuciones de la Convención Constitucional sobre la duración del próximo Gobierno

Las atribuciones de la Convención Constitucional sobre la duración del próximo Gobierno

EXPLICATIVO – De acuerdo con expertos, la nueva constitución debiera modificar sustancialmente la Presidencia de la República, como cambiar sus atribuciones a un semipresidencialismo, para acortar la duración del próximo Gobierno.

En entrevista con Tolerancia Cero de CNN Chile, el vicepresidente de la Convención Constitucional, Jaime Bassa, se refirió a un eventual término anticipado del mandato del próximo Presidente de la República. “Si la Constitución establece, por ejemplo, que después de un año en vigencia, el Gobierno tiene que llamar a elecciones, lo tiene que hacer”, dijo el abogado representante del Distrito 7.

Sus declaraciones iniciaron un debate público respecto de si es posible acortar el próximo Gobierno, con miras a las elecciones generales que se llevarán a cabo este 21 de noviembre.

La reacción del actual Gobierno vino desde el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, quien manifestó que la Convención tiene límites y estos no pueden ser sobrepasados, los cuales están expresamente establecidos en la reforma constitucional que dio origen al órgano constituyente.

También las críticas han ido a que se está adelantando un debate cuando aún no se empieza a escribir la propuesta de texto constitucional. 

El artículo 138

Con el fin de crear una instancia institucional para redactar una nueva Constitución, el Congreso tuvo que reformar la carta magna aún vigente. Dentro de esas reformas se estableció un plebiscito para consultar a la ciudadanía si quería o no una nueva constitución y qué órgano la redactaría. 

Junto con eso, se estableció que dentro de las atribuciones que este órgano tendría, estaba la de modificar instituciones de la República, para lo cual podría establecer disposiciones transitorias con la entrada en vigencia del nuevo texto constitucional.

Es así como el artículo 138 establece que «La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial».

En ese sentido, lo que no ha quedado claro en este debate es qué significa «una modificación sustancial» a las instituciones que pueden sufrir un término de mandato adelantado.

En entrevista con 24 horas, la expresidenta del Tribunal Constitucional (TC) Marisol Peña, argumentó que si bien la nueva constitución puede modificar la duración del mandato presidencial, el presidente que se elija en noviembre debiera cumplir los cuatro años que le corresponden de acuerdo a la constitución vigente.

Pero, ¿cuáles serían las modificaciones sustanciales que establece el artículo 138?
Según Gaspar Jenkins, investigador del Centro de Justicia Constitucional de la UDD, la institución de la Presidencia de la República tendría que, por un lado, “ser suprimida para, por ejemplo, dar pie a un sistema parlamentario en donde el gobernante principal pasa a ser la figura del Primer Ministro”, algo que el investigador lo ve como “poco probable”.

Otra opción es que, la Presidencia cambiara sustancialmente, derivando en un sistema semipresidencial. “Esto lo podríamos encontrar si la Convención opta por dejar un sistema Presidencial vigorizado como el que tenemos en la actualidad, para dar pie a un sistema semi-presidencial”, explicó Jenkins, añadiendo que, en este nuevo sistema, “el rol ejecutivo es compartido entre el Presidente y el Primer Ministro, y este último es elegido por los miembros del Parlamento”.

En definitiva, la modificación sustancial tiene directa relación con las atribuciones y características de la institución o autoridad que se reformará en el nuevo texto constitucional, una discusión que comenzará durante las próximas semanas en la Convención.

Lo que viene en la Convención

El pasado 1 de octubre, la Convención Constitucional aprobó el Reglamento de Ética, después de haber aprobado el reglamento en general. De esta manera, la Convención podrá comenzar a redactar la propuesta de texto constitucional dentro de las siguientes semanas.

Lo más probable es que durante octubre comience la redacción como tal. Incluso, el vicepresidente Jaime Bassa ha planteado que el comienzo de la “discusión de fondo” podría comenzar el 18 de octubre, a dos años de la revuelta que originó este proceso constituyente.