VERIFICADO – Desde el Servel aclararon que los apoderados/as de mesa solo pueden controlar el funcionamiento de la votación mirando el proceso, sin manipular dicho material electoral. El resto del mensaje no puede ser verificado por tratarse de una acusación sin la presentación de las pruebas correspondientes.
A pocas horas de la segunda vuelta presidencial entre Gabriel Boric (Apruebo Dignidad) y José Antonio Kast (Frente Social Cristiano), la atención se ha volcado hacia los apoderados/as de mesa, encargados del control ciudadano de las elecciones. En un contexto marcado por una reñida campaña electoral, esta figura electoral ha tomado importancia.
En ese sentido, ha circulado información por distintas redes sociales, así como la viralización de un mensaje de WhatsApp, asegurando que “los apoderados no pueden tocar ningún voto ni interferir físicamente en el conteo; solo mirar y objetar”. Esto está verificado.
Para saber la veracidad de esta información, consultamos al Servel, quienes indicaron a Decodificador Chile que es efectivo que los apoderados/as no pueden manipular las cédulas electorales; solo pueden controlar el funcionamiento de la votación mirando el proceso.
Por otra parte, según el mensaje, existe una estrategia por parte de apoderados/as de derecha en ofrecer ayuda para abrir votos, algo que podrían aprovechar para alterar el escrutinio. El Servel descarta esta acción y asegura que es una interpretación de quien escribió el mensaje.
Facultades de los apoderados/as de mesa
En el sitio web del Servel se encuentran las facultades que tienen los apoderados/as de mesa en el proceso eleccionario, una tarea clave de control ciudadano, destaca la institución. Dentro de esas labores, se encuentran las siguientes:
- Deben ser registrados en el acta de instalación de mesa.
- Revisar la identidad de los electores.
- Asegurarse que su voto sea secreto.
- Formular las objeciones y reparos que estime convenientes.
- Exigir que se deje constancia de ellos en el acta de sus objeciones.
- Estar presentes en el escrutinio, revisar y objetar la calidad de un voto, ya sea, como válidos, nulos o blancos, quedando constancia del incidente o reclamación en el acta de la mesa.
- Firmar el acta de escrutinio.
- Derecho a exigir que se les certifique, por el presidente y el secretario, copia del resultado, lo que se hará una vez terminadas las actas de escrutinio.
- Tomar fotografía del Acta de escrutinio o de la minuta de resultado, que estará dispuesta por los vocales en un lugar visible.